28 Feb 2025
El Consejo de Estado reafirma la obligatoriedad del uso del Sistema Electrónico para la Contratación Pública (SECOP II) por parte de las entidades de régimen especial, basándose en el artículo 13 de la Ley 1150 de 2007.
Esta normativa establece que las entidades estatales con un régimen contractual excepcional deben publicar los documentos relacionados con su actividad contractual en SECOP II.
Además, se debe tener en cuenta que los documentos que se deben publicar en SECOP II abarcan todas las etapas del proceso contractual, incluyendo la precontractual, contractual y postcontractual. Esta medida busca asegurar la transparencia y el acceso a la información en la gestión pública.