RESPONSABILIDAD EN LA GERENCIA DE PROYECTOS: ALCANCES Y LIMITACIONES

7 Feb 2025

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La sentencia del Consejo de Estado analiza el alcance de la responsabilidad del gerente de un proyecto en contratos de infraestructura pública, específicamente en la supervisión de diseños y la autorización de pagos a interventores. El fallo concluye que la gerencia de un proyecto no implica, por sí sola, la asunción de una obligación de resultado respecto a la calidad de los diseños aprobados por terceros.

En este contexto, se reafirma el principio de relatividad de los contratos, estableciendo que cada contratista es responsable únicamente de sus obligaciones contractuales, sin que el vínculo entre varios contratos genere una responsabilidad solidaria o compartida. La decisión aclara que la coordinación a cargo del gerente del proyecto no lo convierte en garante de la calidad de los estudios técnicos ni lo hace responsable por errores cometidos por los interventores o diseñadores. Con esto, se sienta un precedente relevante para la delimitación de las obligaciones en contratos de gerencia de proyectos en el ámbito público.

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