CONCEPTO C-172 DE 2023 – COLOMBIA COMPRA EFICIENTE:
CONCEPTO C-172 DE 2023 – COLOMBIA COMPRA EFICIENTE: La Agencia Nacional de Contratación Pública del Estado resuelve consulta sobre si una entidad puede o no rechazar una oferta en el marco de un proceso de selección abreviada en donde se haya realizado sorteo para la escogencia de quienes podrán presentar oferta si la entidad oferente ha decidido modificar los porcentajes de participación del consorcio sorteado antes de la presentación de dicha oferta. CCE ha establecido “solo podrán presentar ofertas en procesos de selección abreviada de menor cuantía quienes hubieren manifestado interés dentro del término señalado en el numeral 1 del artículo 2.2.1.2.1.2.20 del Decreto 1082 de 2015. Tratándose de proponentes plurales”, es decir que solo podrán presentar oferta como consorcios o uniones temporales quienes hayan manifestado interés conforme a dichas modalidades asociativas. En opinión de CCE esto además supone que solo podrán presentar oferta como proponente plural si en la misma convergen todos los integrantes involucrados en la manifestación de interés. Por otro lado, sobre el objeto de la consulta, también establece que no existe una restricción general al respecto, por lo cual, podría considerarse válido que al momento de presentar oferta se varíen los porcentajes de participación en la respectiva modalidad asociativa, siempre que se cuente con el consentimiento de todos los integrantes del proponente plural. Para determinar si ello resulta procedente, en todo caso, deben estudiarse las reglas que haya incluido la Entidad Estatal en el respectivo pliego de condiciones, las cuales bien podrían restringir dicha posibilidad de encontrarlo justificado.
1689008022678-C-172-1.pdf