Concepto C – 807 de 2022 de CCE Leyenda: La potestad sancionatoria recae sobre la Entidad Estatal y es su obligación adelantar el procedimiento sancionatorio de que trata el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011. Es deber de la interventoría realizar seguimiento al cumplimiento de las obligaciones a cargo del contratista que vigila e informar a la entidad contratante de los hechos o circunstancia que pongan en riesgo el cumplimiento del contrato, obligación que se extiende hasta la etapa de liquidación del contrato.
Concepto-CCE-C-807-de-2022-Multas-plazo_-contrato-de-concesion.pdf