CONTRATACIÓN DE MANO DE OBRA LOCAL - ARTÍCULO 80 DEL PLAN NACIONAL DE DESAROLLO 2022-2026
CONTRATACIÓN DE MANO DE OBRA LOCAL - ARTÍCULO 80 DEL PLAN NACIONAL DE DESAROLLO 2022-2026 La Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente, en concepto del 18 de abril de 2024, indica que a partir de la entrada en vigencia del artículo 80 de la Ley 2294 de 2023 surge el deber de contratar mínimo el 50% de obra local en todos los programas de inversión que se ejecuten en las regiones, como medida de inclusión social y de fortalecimiento de la economía popular.
CCE-068-de-2024-.pdf