Contrato Interadministrativo - Principio de Selección Objetiva
Contrato Interadministrativo - Principio de Selección Objetiva El Consejo de Estado en reciente jurisprudencia señaló que la celebración de contratos interadministrativos (contratación directa) no implica el desconocimiento de los principios de transparencia y selección objetiva, pues, estos se garantizan en la medida en que el objeto y/o funciones de la entidad estatal con quien se pretende suscribir guarden relación directa con el objeto a contratar.
Ctos-Interadministrativo.pdf