DEDICACIÓN MINIMA DEL PERSONAL DURANTE EL PROCESO DE SELECCIÓN
DEDICACIÓN MINIMA DEL PERSONAL DURANTE EL PROCESO DE SELECCIÓN En Sentencia del 12 de abril de 2024, la Sección Tercera indicó que la exigencia en los pliegos de condiciones de la disponibilidad de tiempo y dedicación del equipo de trabajo desde la fecha de presentación de la oferta implica una violación a los derechos laborales, el derecho fundamental al trabajo y a la estabilidad en el empleo, lo que no puede convertirse en una causal de rechazo de la oferta dentro del proceso.
Sentencia-del-4-de-diciembre-de-2023-1.pdf