DIAN RECONSIDERA CONCEPTO SOBRE PAGOS A TRAVÉS DE DEPÓSITOS DE BAJO MONTO Y DEPÓSITOS ORDINARIOS
DIAN RECONSIDERA CONCEPTO SOBRE PAGOS A TRAVÉS DE DEPÓSITOS DE BAJO MONTO Y DEPÓSITOS ORDINARIOS y admite que los pagos que se efectúen a través de los depósitos de bajo monto y los depósitos ordinarios, tanto los ofrecidos por las Sociedades Especializadas en Depósitos y Pagos Electrónicos (SEDPE) como por los establecimientos de crédito, están sujetos al reconocimiento fiscal como costos, deducciones, pasivos e impuestos descontables de que trata el artículo 771-5 del Estatuto Tributario. #BP #MoverNosMueve
Concepto-DIAN-reconsideración-SPBV.pdf