DIFERENCIA ENTRE OBLIGACIONES DE MEDIO Y OBLIGACIONES DE RESULTADO EN CONTRATOS ESTATALES. CE
DIFERENCIA ENTRE OBLIGACIONES DE MEDIO Y OBLIGACIONES DE RESULTADO EN CONTRATOS ESTATALES. CE En reciente pronunciamiento el Consejo de Estado explicó las diferencias entre uno y otro concepto, indicando, en síntesis, que en las obligaciones de medio el deudor se compromete a adelantar todas las gestiones necesarias con la debida diligencia para lograr el objetivo planteado, sin garantizar el resultado; mientras que, en las obligaciones de resultado el deudor se compromete a alcanzar el objetivo planteado, sin que pueda escudarse en haber actuado con diligencia.
CE-Obligaciones-de-medio-y-de-resultado-60.628.pdf