¿ES POSIBLE ASIGNAR PUNTAJE ADICIONAL PARA MIPYMES A LAS ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO, FUNDACIONES, CORPORACIONES Y ASOCIACIONES CIVILES?

3 Ene 2025

Precontractual

En concepto C-1017 de 2024 Colombia Compra Eficiente señala que las fundaciones, corporaciones y asociaciones civiles, no pueden beneficiarse de los puntajes adicionales para Mipymes regulados por el artículo 2.2.1.2.4.2.18 del Decreto 1082 de 2015. Mientras que las entidades sin ánimo de lucro que pertenezcan a la economía solidaria si pueden acceder a estos puntajes, siempre que se ubiquen dentro del segmento de Mipymes de acuerdo con el artículo 2.2.1.13.2.2 del Decreto 1074 de 2015.
 

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