FINALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN UN PROCESO EJECUTIVO. CE
FINALIDAD DE LA SENTENCIA DICTADA EN UN PROCESO EJECUTIVO. CE El Consejo de Estado señaló que la sentencia proferida en un proceso ejecutivo no pone fin al proceso, por cuanto, este solo solo finaliza cuando se logra el pago efectivo de la obligación. En ese orden, indicó que la sentencia tiene por finalidad corroborar el contenido de la obligación y su exigibilidad, y, si al momento de la ejecución el deudor ha incumplido la prestación debida. Así mismo, indicó que en esta etapa no se busca lograr la liquidación del crédito, como quiera que esta se adelanta con posterioridad.
CE_67839_ProcesoEjecutivo.pdf