¿PUEDE UNA ASEGURADORA NEGARSE A AMPARAR CIERTOS RIESGOS ESTABLECIDOS EN EL PLIEGO DE CONDICIONES?

25 Ene 2025

Precontractual

De acuerdo con un reciente concepto de Colombia Compra Eficiente las aseguradoras tienen autonomía para decidir si amparan o no ciertos riesgos

De acuerdo con un reciente concepto de Colombia Compra Eficiente las aseguradoras tienen autonomía para decidir si amparan o no ciertos riesgos, según lo estipulado en el artículo 1056 del Código de Comercio, basándose en el análisis detallado de la matriz de riesgos del contrato.
 
¿Qué debe hacer la entidad estatal en estos casos?
 
El “Manual para la identificación y cobertura del Riesgo en los Procesos de Contratación” de CCE establece un protocolo claro para manejar los riesgos en la contratación pública:
 
1) Establecer el contexto del proceso de contratación.
2) Identificar y clasificar los riesgos del proceso.
3) Evaluar, calificar y estimar los riesgos asociados.
4) Asignar y tratar los riesgos adecuadamente.
5) Monitorear y revisar la gestión de riesgos durante todo el proceso.

 
5 C-902.pdf

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