REGLAS DE SUBSANABILIDAD - CIRCUNSTANCIAS CON POSTERIORIDAD AL CIERRE DEL PROCESO. CE

11 Ago 2023

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REGLAS DE SUBSANABILIDAD - CIRCUNSTANCIAS CON POSTERIORIDAD AL CIERRE DEL PROCESO. CE

REGLAS DE SUBSANABILIDAD - CIRCUNSTANCIAS CON POSTERIORIDAD AL CIERRE DEL PROCESO. CE Colombia Compra Eficiente reitera su doctrina y señala que la falta de entrega o los defectos frente a los requisitos que no asignan puntaje son subsanables. Lo anterior, sin perjuicio de los casos previstos en la Ley, en los cuales, se prohíbe expresamente que se subsane, por ejemplo, la entrega de la garantía de seriedad de la oferta que no fue aportada con la propuesta, y, la posibilidad de permitir la acreditación de circunstancias ocurridas con posterioridad al cierre del proceso. En relación con el concepto de fecha de cierre del proceso indicó la Agencia que este “debe entenderse [como] el vencimiento del plazo para la presentación de las ofertas y que lo subsanable son las circunstancias que ocurrieron con anterioridad a esta fecha”. C-292-2023-1.pdf