3 Ene 2025
El Consejo de Estado revisó un caso sobre la posible existencia de una relación laboral encubierta en la contratación de personal a través de cooperativas. El demandante alegaba que, aunque formalmente estaba contratado bajo un contrato de prestación de servicios, en la práctica cumplía funciones permanentes con subordinación directa, lo que indicaba una verdadera relación laboral.
El fallo reiteró la jurisprudencia sobre la prevalencia de la realidad sobre las formalidades, destacando que, cuando se prueban elementos como la subordinación y la continuidad, puede configurarse una relación laboral encubierta. Esta decisión enfatiza la protección de los derechos laborales y la obligación del Estado de garantizar condiciones dignas y justas en la contratación pública.
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