REQUISITOS PARA EL RECONOCIMIENTO DE MAYORES COSTOS - SALVEDADES EN ACTA DE LIQUIDACIÓN BILATERAL

12 Jul 2023

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REQUISITOS PARA EL RECONOCIMIENTO DE MAYORES COSTOS - SALVEDADES EN ACTA DE LIQUIDACIÓN BILATERAL

REQUISITOS PARA EL RECONOCIMIENTO DE MAYORES COSTOS - SALVEDADES EN ACTA DE LIQUIDACIÓN BILATERAL El Consejo de Estado señaló que, para el reconocimiento de mayores costos se requiere acreditar los siguientes requisitos: Que, con posterioridad a la celebración del contrato, se presente un hecho ajeno a las partes, no atribuible a ninguna de ellas. Que ese hecho altere de manera anormal y grave, la ecuación económica del contrato, es decir, que constituya un aleatorio extraordinaria. Que esa nueva circunstancia, no hubiere podido ser razonablemente previsible por las partes. Que esa circunstancia imprevista, dificulte la ejecución del contrato, pero no la imposibilite. Por su parte, el Alto Tribunal manifestó que cuando se suscribe el acta de liquidación de manera bilateral sin consignar salvedades concretas, no resulta procedente el estudio de las pretensiones por parte de la jurisdicción, a menos que se alegue la existencia de un vicio del consentimiento. CE-54.319.pdf