SENTENCIA C-318/23 SOBRE LAS FACULTADES JURISDICCIONALES DE LA SUPERSOCIEDADES - COMUNICADO 29 DE AGOSTO DE 2023:

28 Ago 2023

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SENTENCIA C-318/23 SOBRE LAS FACULTADES JURISDICCIONALES DE LA SUPERSOCIEDADES - COMUNICADO 29 DE AGOSTO DE 2023:

SENTENCIA C-318/23 SOBRE LAS FACULTADES JURISDICCIONALES DE LA SUPERSOCIEDADES - COMUNICADO 29 DE AGOSTO DE 2023: La Corte Constitucional, en sentencia de la Magistrada Ponente Natalia Ángel Cabo declaró inexequible la expresión “la resolución de conflictos societarios" contenida en el numeral 5, literal b, del artículo 24 del código general del proceso sobre el ejercicio de funciones jurisdiccionales por autoridades administrativas. La Corte, en estudio de una acción pública por la presunta vulneración de los artículos 113 y 116 de la Constitución llega a la conclusión de que efectivamente, las facultades jurisdiccionales no versaron sobre una materia precisa, por lo que decidió que lo procedente era declarar la inexequibilidad de la disposición (parcial) demandada. La Corte concluyó que las facultades jurisdiccionales otorgadas a la Superintendencia de Sociedades efectivamente, desconocen lo previsto en el artículo 116 de la Constitución pues la disposición acusada, interpretada en un sentido amplio, permite a la Superintendencia resolver cualquier tipo de conflicto societario ocurrido en desarrollo del contrato social o del acto unilateral lo que es incompatible con la precisión que se requiere al asignar funciones jurisdiccionales a determinadas autoridades administrativas y que supone una definición clara, puntual (indubitable), fija (no sujeta en extremo a variaciones) y cierta (predecible) de las materias. Comunicado-29-Agosto-15-de-2023-1.pdf