INHABILIDADES, CONFLICTOS DE INTERÉS Y CONTRATOS SIMULTÁNEOS EN EL ESTADO

7 Mar 2025

Precontractual

Colombia Compra Eficiente, en su concepto C-085 de 2025, aclara que las inhabilidades e incompatibilidades en la contratación estatal deben interpretarse estrictamente según lo establecido por la ley. No se prohíbe que una misma persona celebre contratos con varias entidades estatales, aunque una supervise a la otra, a menos que exista un conflicto de interés específico. La entidad contratante es responsable de verificar que no haya situaciones que afecten la imparcialidad o transparencia, sin interpretaciones amplias o subjetivas. La contratación debe siempre garantizar los principios de igualdad, libre concurrencia y moralidad administrativa.

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