14 Abr 2025
Suspensión del Contrato Estatal
El Consejo de Estado clasifica las suspensiones en dos tipos: la Suspensión Total, la cual, imposibilita el cumplimiento total de las actividades emanadas del contrato; y la Suspensión parcial, en virtud de la cual, se imposibilita cumplir solo algunas actividades, siendo posible continuar ejecutando otras.
En lo que respecta a las suspensiones parciales, el acto contractual suscrito por las partes debe indicar las actividades que se continuarán ejecutando y aquellas que serán suspendidas.