DURANTE EL TÉRMINO DE SUSPENSIÓN DEL CONTRATO, ¿ES POSIBLE CONTINUAR EJECUTANDO ACTIVIDADES?

14 Abr 2025

Contractual

Suspensión del Contrato Estatal

El Consejo de Estado clasifica las suspensiones en dos tipos: la Suspensión Total, la cual, imposibilita el cumplimiento total de las actividades emanadas del contrato; y la Suspensión parcial, en virtud de la cual, se imposibilita cumplir solo algunas actividades, siendo posible continuar ejecutando otras.

En lo que respecta a las suspensiones parciales, el acto contractual suscrito por las partes debe indicar las actividades que se continuarán ejecutando y aquellas que serán suspendidas.
 

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