15 Abr 2025
Riesgos contractuales
El Consejo de Estado desarrolla en esta sentencia un análisis profundo sobre el alcance de los riesgos contractuales previsibles, especialmente en el contexto de los contratos estatales celebrados bajo la modalidad de precio global fijo. A través de la revisión de un litigio entre un contratista y una entidad pública, se explican los criterios jurídicos para determinar cuándo un contratista debe asumir los sobrecostos derivados de una mayor permanencia en la ejecución contractual y cuándo, en cambio, procede el restablecimiento del equilibrio económico del contrato por causas externas y no imputables a su conducta.
La providencia resalta que la existencia de una prórroga no implica, por sí sola, que la entidad deba compensar económicamente al contratista. Para que proceda un reconocimiento adicional, es indispensable demostrar que: (i) el evento causante de la prórroga fue imprevisible, anormal y no atribuible al contratista, y (ii) generó un desbalance financiero efectivo en la economía del contrato. Así, el fallo contribuye a clarificar la noción de riesgo asumido en contratación estatal, diferenciando entre situaciones que hacen parte del escenario previsto al contratar y aquellas que, por su carácter extraordinario, escapan al marco del riesgo distribuido.